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Buenas prácticas: Selección de Personal

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En este artículo recomendamos una serie de buenas prácticas que nos ayudarán a respetar la normativa en protección de datos de carácter personal durante la realización de procesos de selección de personal.

  1. Política de Privacidad: Es obligatorio que todos los candidatos reciban y firmen la política de privacidad. No debe quedar almacenado ningún dato de candidato del que no se pueda acreditar que ha recibido la política de privacidad.
  2. Tiempo de Almacenamiento: La información de los candidatos no puede almacenarse de forma indefinida, en la política de privacidad que se entrega al candidato debe figurar el tiempo por el que quedarán almacenados sus datos.
  3. Recogida de Datos: No deben recogerse más datos que los que aporte directamente el candidato. Si desean obtenerse referencias, deberá pedirse permiso por escrito al candidato. Está prohibido la recogida y almacenamiento de información sobre el candidato por otros medios (Ej. Internet, redes sociales ..etc) sin el consentimiento del candidato.
  4. Datos Necesarios: Solo deben recogerse datos que resulten estrictamente necesarios y relevantes para la selección de los puestos de trabajo ofertados. Debe evitarse la recogida de datos personales de los cuales puedan deducirse aspectos de la personalidad o comportamiento puesto que obligaría a la organización a la aplicación de medidas legales y técnicas adicionales. La recogida de datos personales debe limitarse a los datos necesarios para la evaluación de la aptitud de los candidatos.
  5. Finalidad: Los datos de los candidatos no pueden utilizarse con una finalidad distinta a la de participar en los procesos de selección de personal de la empresa (Ej. Publicidad).
  6. Datos Sensibles: Debe prestarse especial atención en la formulación de preguntas para evitar la recogida de datos personales relativos a ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual.
  7. Observaciones: El entrevistador deberá evitar anotaciones o juicios de valor personales, despectivos u ofensivos.
  8. Datos Salariales: No deben almacenarse sin el consentimiento del candidato, información relativa a su salario actual, si puede solicitarse información sobre sus expectativas salariales.
  9. Pruebas: Si se realizan test o pruebas y se desea almacenar sus resultados, deberá solicitarse el consentimiento del candidato.
  10. Destrucción: La destrucción de curriculum y demás información personal de candidatos, se realizará mediante máquinas destructoras de documentos o programas informáticos adecuados
  11. Acceso: Solamente está permitido el acceso a los datos de los candidatos al personal laboral de la empresa que lo requiera para el desempeño de sus funciones.

Saludos Techlegalianos 🖖

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