Como enviar publicidad por email de forma legal
- by techlegal
En este post te enseñaremos los requisitos legales que deberás cumplir para que tu campaña de email marketing sea legal y evitarte desagradables sorpresas en forma de denuncias o sanciones.
1º ¿De donde has sacado las direcciones?
Cuando vas enviar publicidad por email, lo primero que tenemos que saber es que no podemos utilizar cualquier dirección que encontremos por internet, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE) establece los supuestos en los que puedes enviar correos electrónicos con contenido comercial:
a) A clientes que previamente haya comprado productos o servicios análogos a los que vas a promocionar en el email.
b) A destinatarios que te hayan autorizado expresamente para recibir correos electrónicos con contenido comercial.
Fuera de estos supuestos no está permitido el envío de correos electrónicos con publicidad. Sí, ya imagino tu respuesta al leer esto. ¡Pues yo recibo todos los días 200 correos que no cumplen estos requisitos!. Efectivamente y yo también. Pero eso no significa que sea legal, sino que todos esos remitentes están asumiendo el riesgo de sufrir una sanción de hasta 30.000 € o lo que es peor, no saben que lo que están haciendo es ilegal.
Nuestro consejo, olvídate de envíos masivos a bb.dd. que te haya pasado un amigo o un colega y crea poco a poco tu propia lista de correos respetando los requisitos que marca la ley, tus envíos serán más seguros e incluso más efectivos. De lo contrario, como dice mi admirado Franck Scipion de www.ingresosalcuadrado.com estarás “escribiendo para zombies”.
2º.- La “Publicidad” por delante
La LSSICE obliga a que al comienzo del mensaje incluyas la palabra “publicidad” o su abreviatura “publi”.
¿Qué se entiende por comienzo del mensaje? ¿El asunto?. No lo aclara la ley, pero tampoco debemos ser más “papistas que el papa” con ponerlo al inicio del cuerpo del mensaje basta. Sé que los expertos en emailmarketing se tirarán de los pelos con esto, pero lamentablemente es lo que a día de hoy nos exige la ley, aunque claro está siempre se puede ser “creativo” Ej. Letra Arial 7 alineación derecha y color de fuente gris clarito, clarito …… no digo más.
3º.- Identifícate:
La Ley obliga a que quede perfectamente identificada la persona física o jurídica que realiza el envío. No vale con poner la dirección web ni la marca comercial, debes poner tu denominación social si eres una empresa o tu nombre y apellidos si eres un autónomo.
4º. Un Email para las bajas:
Debes incluir obligatoriamente una dirección de correo electrónico en la que se pueda solicitar la baja de la lista y revocar el consentimiento para seguir recibiendo email con publicidad.
El matiz en este caso es importante, porque la mayoría de sistemas de gestión de newsletter y listas de correo suelen incluir un sistema automatizado de bajas que incluyen un enlace del tipo “si no quieres recibir mas correos pincha aquí”. No es que esto esté mal, si lo incluimos perfecto, pero lo que no debe faltar bajo ningún concepto es una dirección de correo electrónico donde el usuario pueda solicitar su baja.
Estos son los conceptos básicos que deberás cumplir a la hora de enviar publicidad por email. Si tienes alguna duda particular sobre un envío que tienes en mente, puedes preguntarnos con total libertad en info@techlegal.es
Saludos Techlegalianos 🖖